ClickCease Las Preguntas Mas Frecuentes | Walkup, Melodia, Kelly & Schoenberger

Las Preguntas Mas Frecuentes

  1. ¿Cuánto cobran por revisar un caso?
  2. ¿Qué son los honorarios condicionales?
  3. ¿Cuál es la fecha límite (plazo de prescripción) para que pueda presentar una reclamación por lesiones?
  4. ¿Cuánto obtendré de un acuerdo o un juicio?
  5. ¿Mi caso irá a juicio?
  6. ¿Hay reglas especiales para las reclamaciones en contra de doctores u hospitales?
  7. ¿Manejan casos para niños?
  8. ¿Qué ocurre si me lesiono en el trabajo?
  9. He oído que los miembros de Kaiser no tienen el derecho de demandar por mala praxis médica, ¿es cierto?
  10. ¿Qué ocurre si tengo una reclamación en contra de una ciudad, el condado, el estado u otra dependencia gubernamental?
  11. Si resulté lesionado en un accidente de tránsito con un automovilista que no estaba asegurado, ¿cuáles son mis opciones?
  12. Tengo una pregunta que no han contestado.

RESPUESTAS

1. ¿Cuánto cobran por revisar un caso?

La cita inicial para discutir los hechos de un posible caso es gratuita. De modo semejante, en los casos de negligencia médica, no cobramos una cuota por revisar los registros médicos. En la mayoría de los casos, cuando parece que la reclamación tiene fundamentos, adelantaremos los costos necesarios para investigar y llevar a cabo la reclamación. En caso de q ue emprendamos una representación formal, se nos reembolsará cualquier costo anticipado a la conclusión del caso, siempre y cuando podamos obtener una indemnización a su favor.

2. ¿Qué son los honorarios condicionales?

Los honorarios condicionales son cuotas legales relacionadas con el resultado exitoso de una demanda. La mayoría de los abogados que se especializan en demandas de daños por lesiones utilizan un acuerdo de honorarios condicionales porque usualmente los clientes lesionados no tienen los recursos para pagarle a un abogado por sus servicios prestados con una cuota por hora. La indemnización que se obtenga finalmente proporcionará los fondos a partir de los que se pagarán los honorarios de los abogados. Si no hay ganancias, no recibimos ningún honorario.

Los honorarios condicionales están abiertos a la negociación entre el abogado y el cliente; sin embargo, en ciertos tipos de casos (demandas a nombre de niños, demandas contra proveedores de atención médica, demandas contra el gobierno federal, etc.) los estatutos establecen los límites máximos de honorarios. Los acuerdos de honorarios de contingencia deben estar por escrito y contener la firma del cliente y el abogado.

3. ¿Cuál es la fecha límite (el plazo de prescripción) para que pueda presentar una reclamación por lesiones?

Es imposible que expongamos en este espacio las reglas que se aplican a todos los casos. Cada tipo de caso se rige por distintos plazos de prescripción. En algunas circunstancias, los plazos de prescripción para niños son más largos que para adultos. Los plazos especiales de prescripción que rigen la presentación de reclamaciones en contra de entidades públicas pueden ser tan breves como de seis meses a partir de la fecha de la lesión. Cuando la lesión no se manifiesta sino hasta muchos años después de un acontecimiento o una exposición (por ejemplo, durante un periodo de latencia después de la exposición a sustancias químicas dañinas), el plazo de prescripción puede no terminar durante muchos, muchos años. Como la duración del plazo de prescripción depende de los hechos de cada caso individual, si usted cree que tiene una reclamación en la que se esté terminando el plazo de prescripción, le instamos a contactar a uno de nuestros profesionales capacitados tan pronto como sea posible para programar una consulta gratuita.

4. ¿Cuánto obtendré de un acuerdo o un juicio?

No existe una fórmula o método estándar para evaluar el valor probable de un acuerdo o un posible veredicto del jurado en un caso dado. El valor del caso es particular para cada situación. Depende de factores como la responsabilidad, la naturaleza y magnitud de las lesiones, la naturaleza y magnitud de la discapacidad permanente, las pérdidas económicas (incluidos los salarios perdidos y las cuentas médicas), la desfiguración, la vergüenza y muchas otras consideraciones. Aunque nuestros profesionales pueden proveer una cifra aproximada con base en los resultados de juicios y acuerdos de casos similares, no existe un método preciso para predecir cuánto obtendrá un individuo lesionado en un caso dado.

5. ¿Mi caso irá a juicio?

La mayor parte de las reclamaciones manejadas por nuestra oficina se resuelven antes de ir a juicio. A nivel estatal, aproximadamente 8 de cada 10 casos se resuelven sin llegar a los tribunales o a un juicio por jurado. Sin embargo, como no podemos predecir si un caso se resolverá o no sin ir a juicio, nuestros abogados preparan todos los casos de la misma manera, asumiendo que si no se puede llegar a un acuerdo justo y razonable, estamos preparados para llevar el asunto a juicio en nombre de nuestros clientes.

6. ¿Hay reglas especiales para las reclamaciones en contra de doctores u hospitales?

En California, los doctores y los hospitales están protegidos por reglas especiales que limitan las indemnizaciones por daños que se pueden otorgar en su contra. Estas reglas especiales son parte de la Ley de Reforma de Compensación por Lesiones Médicas (MICRA, por sus siglas en inglés). Desde 1976, a pesar de la gravedad de las lesiones de una persona, no se puede obligar a los doctores ni los hospitales a pagar más de $250,000 por los daños físicos y psicológicos. MICRA también dispone que las indemnizaciones por daños que superen los $50,000 se deben liquidar en pagos periódicos durante la vida de la víctima.

Otras disposiciones de la MICRA exigen un aviso especial a los doctores y los hospitales antes de presentar la demanda, restricciones a los honorarios de los abogados y condiciones especiales para los plazos de prescripción. Los repetidos intentos de ajustar los límites de indemnización por daños han fracasado debido a la fuerza de los grupos de presión que defienden los intereses del sector de cuidado de la salud. Mientras tanto, los rendimientos de las compañías de seguros de mala praxis médica se han disparado.

7. ¿Manejan casos para niños?

Mucho de nuestro trabajo involucra reclamaciones en nombre de clientes menores de 18 años. Hay reglas especiales que rigen el procesamiento de casos de menores. Todos los acuerdos o sentencias están sujetos a la supervisión del tribunal y, además, todos los costos y gastos requieren la aprobación de un juez de un Tribunal Superior. Hay plazos especiales de prescripción que rigen el procesamiento de casos de menores. Dado que hay plazos de prescripción distintos dependiendo de si el caso es de negligencia médica, responsabilidad por productos, negligencia vehicular, lesiones ocurridas durante el parto, etc., es importante contactar a un profesional tan pronto como sea posible para determinar cuándo se vence el plazo de prescripción de un niño.

8. ¿Qué ocurre si me lesiono en el trabajo?

Cada vez que una persona se lesiona en el trabajo, tiene derecho automáticamente a los beneficios del seguro de indemnización laboral. No manejamos reclamaciones de indemnización laboral, pero usualmente podemos proporcionarle los nombres de especialistas certificados en su comunidad. Además de la indemnización laboral, muchas veces también existe el derecho de demandar a alguien que no sea su empleador. Estos casos se conocen como “casos de terceros”. Es esencial realizar una investigación oportuna en los casos de terceros. Si usted resultó lesionado en el trabajo y cree que fue culpa de alguien diferente de su empleador, es crucial que se emprenda una investigación con prontitud para recolectar evidencias, identificar testigos y determinar si existen datos suficientes para justificar una reclamación contra otra persona o entidad.

9. He oído que los miembros Kaiser no tienen el derecho de demandar por mala praxis médica, ¿es cierto?

Sí. Desde principios de la década de 1970, todos los miembros de Kaiser están obligados a resolver las reclamaciones por mala praxis médica a través de la utilización del Sistema de Arbitraje de Kaiser Permanente. Aunque los miembros de Kaiser han intentado desafiar el sistema con base en distintos argumentos, los tribunales de California han determinado en repetidas ocasiones que es válido y constitucional. Recientemente, el Sistema de Arbitraje de Kaiser experimentó cambios significativos. Las diferencias entre el Sistema de Arbitraje de Kaiser y las demandas ante los Tribunales Superiores son demasiado numerosas como para mencionarlas aquí. Nuestra firma ha manejado centenares de asuntos conforme al sistema de Kaiser durante los últimos 25 años. Es recomendable que los clientes que tengan posibles preguntas o reclamaciones contra Kaiser, se comuniquen con nosotros para programar una cita.

10. ¿Qué ocurre si tengo una reclamación en contra de una ciudad, el condado, el estado u otra dependencia gubernamental?

Las reclamaciones en contra de entidades públicas están sujetas al Código Gubernamental de California. Este código impone requisitos administrativos especiales para la presentación de reclamaciones y dispone inmunidades estatutarias y otras protecciones para las entidades gubernamentales. El Código Gubernamental tiene miles de páginas, y por esa razón, es imposible relatar a detalle todas las idiosincrasias peculiares de las reclamaciones en contra de entidades públicas.

Hemos manejado casos en contra de ciudades, condados, distritos escolares, distritos de agua, estados, el gobierno federal, agencias del gobierno federal, ramas de las fuerzas armadas y otros órganos de gobierno demasiado numerosos como para mencionarlos aquí. Como el periodo para presentar reclamaciones en contra de agencias estatales y municipales es el más breve de todos los plazos de prescripción (180 días), es muy importante que cualquier persona que piense que resultó lesionada debido a acciones del gobierno se comunique con un abogado de inmediato.

11. Si resulté lesionado en un accidente de tránsito con un automovilista que no estaba asegurado, ¿cuáles son mis opciones?

Aunque los automovilistas de California están obligados a tener seguro, la realidad es que todavía hay conductores en las calles que no están asegurados. Por ley, todas las aseguradoras de California deben venderles a sus clientes cobertura para automovilistas no asegurados y cobertura para automovilistas con seguro insuficiente. Según un esquema estatutario establecido en el Código de Seguros, §11580.2, los automovilistas asegurados deben arbitrar con su propia aseguradora si resultan lesionados por causa de un automovilista sin seguro. Después, la aseguradora tiene el derecho de buscar que el automovilista no asegurado le haga un reembolso (subrogación). Nuestros abogados han negociado y arbitrado centenares de casos de automovilistas no asegurados y conocen bien los requisitos especiales de las leyes sobre automovilistas no asegurados.

12. Tengo una pregunta que no han contestado.

Nuestros abogados están disponibles para responder preguntas por teléfono o por correo electrónico. Sin embargo, la mejor forma de obtener información para un caso particular es programar una cita gratuita. Llámenos al (1) 88-558-42-46, contáctenos por fax al (415) 391-6965 o escriba al correo electrónico de nuestro gerente de oficina, Kevin L. Domecus: kdomecus@walkuplawoffice.com.

Si usted o un ser querido se lesionó o resultó herido, necesita un abogado de lesiones personales con experiencia representando a clientes que hablan español. Necesita un bufete de abogados que entienda sus requisitos especiales. Programe una consulta gratuita en español al 1-888-558-42-46. Solamente cobramos honorarios si tenemos éxito en su caso.